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¿Qué rol tiene la ciencia en la propuesta constitucional?

¿Qué rol tiene la ciencia en la propuesta constitucional?

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Tiempo de lectura: 3 minutos De los 216 artículos de la propuesta de nueva Constitución, apenas seis aluden al desarrollo científico, tecnológico o la protección de datos personales. «Una vez más, constatamos que la ciencia no está presente como debería estar presente en los quehaceres de nuestro país», señaló Cecilia Hidalgo, presidenta de la Academia Chilena de Ciencia.

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Queda menos de una semana para el plebiscito del 17 de diciembre, instancia donde el país decidirá si está «a favor» o «en contra» de la propuesta constitucional. Desde la comunidad científica, han habido voces que se han levantado para evidenciar su disconformidad con el texto en lo que respecta a la protección del medio ambiente.

Y, ¿qué pasa con la ciencia? La propuesta de nueva Constitución cuenta con seis artículos que aluden al desarrollo científico, tecnológico o la protección de datos personales, a diferencia de las tres veces que lo hace la actual Carta Fundamental, pero ¿es esto suficiente?

En conversación con Todo Tiene su Ciencia, la presidenta de la Academia Chilena de Ciencias, Cecilia Hidalgo, fue categórica al afirmar que la propuesta constitucional «ha sido bastante desilusionante«.

La bioquímica advirtió que, pese a la disposición de la Academia Chilena de Ciencia de participar en los diálogos constitucionales, esta no fue considerada: «Tuvimos una reunión con quienes redactaron la Constitución (propuesta) que vamos a votar el domingo. También planteamos nuestros puntos de vista, hubo bastante interés y, sin embargo, esto no se refleja para nada en el texto que se escribió finalmente».

Puntos en deuda

«Una vez más, constatamos que la ciencia no está presente como debería estar presente en los quehaceres de nuestro país», añadió la investigadora.

Consignar el derecho a generar conocimiento y hacer ciencia, y definir un organismo autónomo dedicado a la política científica son algunos de los puntos que desde la Academia Chilena de Ciencia buscaban que la propuesta constitucional consignara. Sin embargo, el texto no los considera.

Junto con ello, otro de los puntos en debate era el financiamiento científico, que año a año queda sujeto al presupuesto votado por el Congreso. «Si bien, el crecimiento del presupuesto para el año 2024 fue de 3,5%, el crecimiento para el Ministerio de Ciencia fue solo 1,6%. Entonces nosotros no entendemos por qué se hace esta distinción y se rebaja en algo que a nosotros nos parece esencial para el futuro desarrollo del país», menciona Hidalgo.

Datos personales

La necesidad de garantizar el derecho a la protección de los datos personales se ha acentuado en el mundo con los últimos años. Esto, debido al desarrollo de las redes sociales, la inteligencia artificial y nuevas tecnologías que emplean información de los usuarios.
En la propuesta constitucional, el inciso 12° del Artículo 16 donde consigna que se asegura a las personas «El derecho al respeto y protección de sus datos personales y de su seguridad informática y digital». Además, dice que «El tratamiento de datos personales solo podrá realizarse en los casos y bajo las condiciones establecidas en la ley, sin perjuicio del uso legítimo que el titular de los datos pueda hacer de los mismos».
Dicha garantía también está presente en la actual Constitución, específicamente, en el inciso 4° del Artículo 19 que establece «El respeto y protección a la vida privada y a la honra de la persona y su familia, y asimismo, la protección de sus datos personales».
En este sentido, para el académico de la Facultad de Derecho de la Universidad Central, Emilio Oñate, la propuesta «no aporta sustantivamente lo que la Constitución aún vigente consagra».

Oportunidades perdidas

¿En qué se diferencia entonces la propuesta con la Constitución vigente? Para la subdirectora del GobLab UAI, Romina Garrido, una novedad respecto del texto actual es que trata la protección de datos en un numeral distinto: «Da a entender que “independiza” este derecho de la privacidad desde donde se vincula tradicionalmente».
Por otro lado, ambos expertos en datos personales coinciden en que hay una incorporación de la seguridad informática digital. «(Reconoce) la ciberseguridad como una garantía que, en definitiva, es habilitante, porque permite que las personas podamos hacer nuestra vida en condiciones de confianza y protección, y que el Estado debe promover activamente», señala la directora de Protección de Datos Personales en Prieto Abogados.
Los académicos también lamentan que no se haya mencionado la existencia de un organismo que vele por los datos personales: «Se perdió una oportunidad para hacer referencia a una autoridad de control o una agencia regulatoria en materia de protección de datos personales», dice Oñate.
«Este ha sido un tema tan debatido en Chile y la piedra de tope para que esta legislación, que lleva 6 años en el Congreso, avance», agrega Garrido refiriéndose al proyecto que actualiza la ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada y crea una Agencia de Protección de Datos Personales.

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